Proceso de selección mínima cuantía No. 002 de 2023 - Pólizas de seguros
El Consejo Profesional de Administración de Empresas, en cumplimiento de su misión, requiere contar con el programa de seguros para la debida protección de los bienes muebles e inmuebles y responsabilidad patrimonial derivada de su objeto social, además teniendo cuenta lo establecido en el artículo 2º de la Constitución Política, que señala como fines esenciales del estado promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derecho y deberes consagrados en su texto y lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 45 de 1990, incorporado en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, que establece la obligatoriedad del aseguramiento de los bienes de propiedad de las entidades públicas, el Consejo debe contratar el Programa de Seguros que le permita la adecuada protección de sus bienes e intereses patrimoniales y de aquellos por los que sea responsable.
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